Intimaron a Central Córdoba y a Sarmiento
El Consejo Federal AFA dio a conocer una lista de clubes del Argentino “A” y “B” que adeudan planillas de juego, entre los cuales están los equipos santiagueños.
La intimación también involucra a la Liga Santiagueña de Futbol ya que de no concretarse el envío de los papeles pertinentes, tanto la entidad como las instituciones mencionadas podrían sufrir suspensiones provisionales.
Expediente Nº 1093/10 – Torneo Argentino “A” 2010/11
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010.-
Visto
Las deudas pendientes de cumplimiento por parte de los clubes participantes del certamen (art. 62° del Reglamento del torneo), así como también el incumplimiento en que incurrió vuestra Liga al no remitir en termino las Planillas de Recaudación y Liquidación de los respectivos partidos (art. 59° del mismo Reglamento ), y, considerando:
Que habiendo vencido los plazos establecidos en el Reglamento del certamen a los fines de las obligaciones que en cada caso se reclaman, conforme al listado que se acompaña, corresponde intimar a las Ligas y los Clubes involucrados, por el término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgresiones y Penas), para que procedan a regularizar sus situaciones, bajo apercibimiento de ser pasible de la sanción de suspensión provicional en caso de incumplimiento;
Que, por todo ello, este Tribunal de Disciplina Deportiva resuelve:
1°) Intimar a los Clubes mencionados en el listado que se acompaña, en un todo de acuerdo con el considerando de la presente, debiendo regularizar su situación, dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), todo ello bajo apercibimiento de ser pasible de la aplicación de la sanción de suspensión provicional, en caso de incumplimiento.
2°) Se deja aclarado que una vez efectuado el pago por parte de la Liga o el Club, debidamente acreditado a partir de su recepción en este Organismo de la documentación pertinente, recién se tendrá por cumplida la obligación que ha sido objeto del presente reclamo.
3°) Comuníquese, publíquese y manténgase en Secretaría a sus efectos.-
Villa Mitre (Bahía Blanca)
Rivadavia (Junín)
Douglas Haig (Pergamino)
Santamarina (Tandil)
Huracán (Tres Arroyos)
Talleres (Córdoba)
Estudiantes (Río Cuarto)
Alumni (Villa María)
Gimnasia y Esgrima (C. del Uruguay)
Dep. Maipú (Mendoza)
Crucero del Norte (Posadas)
Cipolletti (Río Negro)
Central Norte (Salta)
Juv. Unida Universitario (San Luis)
Unión (Sunchales)
Central Córdoba (Santiago del Estero)
Expediente Nº 1094/10 – Torneo Argentino “B” 2010/11
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010.-
Visto
Las deudas pendientes de cumplimiento por parte de los clubes participantes del certamen (art. 60° del Reglamento del torneo), así como también el incumplimiento en que incurrió vuestra Liga al no remitir en término las Planillas de Recaudación y Liquidación de los respectivos partidos (art. 57° del mismo Reglamento ), y, considerando, que habiendo vencido los plazos establecidos en el Reglamento del certamen a los fines de las obligaciones que en cada caso se reclaman, conforme al listado que se acompaña, corresponde intimar a las Ligas y a los Clubes involucrados, por el término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), para que procedan a regularizar sus situaciones, bajo apercibimiento de ser pasible de la sanción de suspensión provisional en caso de incumplimiento; Que por todo ello, este Tribunal de Disciplina Deportiva resuelve:
1°) Intimar al Club mencionado en el listado que se acompaña, en un todo de acuerdo con los considerando del presente dictamen, debiendo regularizar su situación, dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), todo ello bajo apercibimiento de ser pasible de la aplicación de la sanción de suspensión provicional, en caso de incumplimiento.
2°) Se deja aclarado que la fecha efectiva de cumplimiento y/o pago por parte de la Liga y el Club será considerada a partir de la recepción en el Consejo Federal de la documentación y/o el valor cancelatorio objeto del reclamo.-
3°) Comuníquese, publíquese y manténgase en Secretaría a sus efectos.-
Bella Vista (Bahía Blanca)
Liniers (Bahía Blanca)
El Linqueño (Lincoln)
Ferrocarril Sud (Olavarría)
Racing (Olavarría)
Juventud (Pergamino)
La Emilia (San Nicolás)
Grupo Universitario (Tandil)
Argentino (25 de Mayo)
Policial (Catamarca)
Chaco For Ever (Resistencia)
Deportivo Madryn (Pto. Madryn)
Huracán (Comodoro Rivadavia)
Teniente Origone (Bell Ville)
9 de Julio (Morteros)
Tiro Federal (Morteros)
Téxtil Mandiyú (Corrientes)
Colegiales (Concordia)
Juventud Unida (Gualeguaychú)
Sportivo Patria (Formosa)
Altos Hornos Zapla (Jujuy)
Talleres (Ciudad Périco)
Gimnasia y Esgrima (Mendoza)
Dep. Guaymallén (Mendoza)
San Martín (Mendoza)
Guaraní Antonio Franco (Posadas)
Independiente (Neuquén)
Dep. Roca (Río Negro)
Cruz del Sur (Bariloche)
Gimnasia y Tiro (Salta)
Juventud Alianza (San Juan)
Atlético Trinidad (San Juan)
Del Bono (San Juan)
Unión (Villa Krausse)
Boca Juniors (Río Gallegos)
San Jorge (San Jorge)
Sarmiento (La Banda)
Atlético Concepción (Tucumán)
Concepción F.C. (Tucumán)
Famaillá (Tucumán)
Fuente: Consejo Federal AFA / ABC Deporte
El Consejo Federal AFA dio a conocer una lista de clubes del Argentino “A” y “B” que adeudan planillas de juego, entre los cuales están los equipos santiagueños.
La intimación también involucra a la Liga Santiagueña de Futbol ya que de no concretarse el envío de los papeles pertinentes, tanto la entidad como las instituciones mencionadas podrían sufrir suspensiones provisionales.
Expediente Nº 1093/10 – Torneo Argentino “A” 2010/11
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010.-
Visto
Las deudas pendientes de cumplimiento por parte de los clubes participantes del certamen (art. 62° del Reglamento del torneo), así como también el incumplimiento en que incurrió vuestra Liga al no remitir en termino las Planillas de Recaudación y Liquidación de los respectivos partidos (art. 59° del mismo Reglamento ), y, considerando:
Que habiendo vencido los plazos establecidos en el Reglamento del certamen a los fines de las obligaciones que en cada caso se reclaman, conforme al listado que se acompaña, corresponde intimar a las Ligas y los Clubes involucrados, por el término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgresiones y Penas), para que procedan a regularizar sus situaciones, bajo apercibimiento de ser pasible de la sanción de suspensión provicional en caso de incumplimiento;
Que, por todo ello, este Tribunal de Disciplina Deportiva resuelve:
1°) Intimar a los Clubes mencionados en el listado que se acompaña, en un todo de acuerdo con el considerando de la presente, debiendo regularizar su situación, dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), todo ello bajo apercibimiento de ser pasible de la aplicación de la sanción de suspensión provicional, en caso de incumplimiento.
2°) Se deja aclarado que una vez efectuado el pago por parte de la Liga o el Club, debidamente acreditado a partir de su recepción en este Organismo de la documentación pertinente, recién se tendrá por cumplida la obligación que ha sido objeto del presente reclamo.
3°) Comuníquese, publíquese y manténgase en Secretaría a sus efectos.-
Villa Mitre (Bahía Blanca)
Rivadavia (Junín)
Douglas Haig (Pergamino)
Santamarina (Tandil)
Huracán (Tres Arroyos)
Talleres (Córdoba)
Estudiantes (Río Cuarto)
Alumni (Villa María)
Gimnasia y Esgrima (C. del Uruguay)
Dep. Maipú (Mendoza)
Crucero del Norte (Posadas)
Cipolletti (Río Negro)
Central Norte (Salta)
Juv. Unida Universitario (San Luis)
Unión (Sunchales)
Central Córdoba (Santiago del Estero)
Expediente Nº 1094/10 – Torneo Argentino “B” 2010/11
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010.-
Visto
Las deudas pendientes de cumplimiento por parte de los clubes participantes del certamen (art. 60° del Reglamento del torneo), así como también el incumplimiento en que incurrió vuestra Liga al no remitir en término las Planillas de Recaudación y Liquidación de los respectivos partidos (art. 57° del mismo Reglamento ), y, considerando, que habiendo vencido los plazos establecidos en el Reglamento del certamen a los fines de las obligaciones que en cada caso se reclaman, conforme al listado que se acompaña, corresponde intimar a las Ligas y a los Clubes involucrados, por el término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), para que procedan a regularizar sus situaciones, bajo apercibimiento de ser pasible de la sanción de suspensión provisional en caso de incumplimiento; Que por todo ello, este Tribunal de Disciplina Deportiva resuelve:
1°) Intimar al Club mencionado en el listado que se acompaña, en un todo de acuerdo con los considerando del presente dictamen, debiendo regularizar su situación, dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgr esiones y Penas), todo ello bajo apercibimiento de ser pasible de la aplicación de la sanción de suspensión provicional, en caso de incumplimiento.
2°) Se deja aclarado que la fecha efectiva de cumplimiento y/o pago por parte de la Liga y el Club será considerada a partir de la recepción en el Consejo Federal de la documentación y/o el valor cancelatorio objeto del reclamo.-
3°) Comuníquese, publíquese y manténgase en Secretaría a sus efectos.-
Bella Vista (Bahía Blanca)
Liniers (Bahía Blanca)
El Linqueño (Lincoln)
Ferrocarril Sud (Olavarría)
Racing (Olavarría)
Juventud (Pergamino)
La Emilia (San Nicolás)
Grupo Universitario (Tandil)
Argentino (25 de Mayo)
Policial (Catamarca)
Chaco For Ever (Resistencia)
Deportivo Madryn (Pto. Madryn)
Huracán (Comodoro Rivadavia)
Teniente Origone (Bell Ville)
9 de Julio (Morteros)
Tiro Federal (Morteros)
Téxtil Mandiyú (Corrientes)
Colegiales (Concordia)
Juventud Unida (Gualeguaychú)
Sportivo Patria (Formosa)
Altos Hornos Zapla (Jujuy)
Talleres (Ciudad Périco)
Gimnasia y Esgrima (Mendoza)
Dep. Guaymallén (Mendoza)
San Martín (Mendoza)
Guaraní Antonio Franco (Posadas)
Independiente (Neuquén)
Dep. Roca (Río Negro)
Cruz del Sur (Bariloche)
Gimnasia y Tiro (Salta)
Juventud Alianza (San Juan)
Atlético Trinidad (San Juan)
Del Bono (San Juan)
Unión (Villa Krausse)
Boca Juniors (Río Gallegos)
San Jorge (San Jorge)
Sarmiento (La Banda)
Atlético Concepción (Tucumán)
Concepción F.C. (Tucumán)
Famaillá (Tucumán)
Fuente: Consejo Federal AFA / ABC Deporte
Argentino A y B - Varios clubes en falta
Reviewed by Fútbol SdE
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noviembre 11, 2010
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