Liga Añatuyense: El Consejo Federal falló a favor de Talleres

Talleres ganó la Zona B

El Consejo Federal dictaminó que la protesta de Talleres fue válida y con esto, la "T" ganó la Zona B.

La máxima autoridad de las ligas, dictaminó el pasado Jueves que la protesta de Talleres es válida y además revocó la resolución del Tribunal de Disciplina.
Con la resolución en mano, Talleres ganó la Zona B y enfrentará a Sportivo Dora en la gran Final.

BOLETÍN OFICIAL Nº 38/16 – 11/08/2016

EXPEDIENTE Nº 3376/16

Ref. Club Atlético Talleres General Belgrano s/Apelación
Buenos Aires, 11 de agosto de 2016.

Vistos y Considerando:
1°) Que, llegan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto, en legal tiempo y forma-Art. 70 del R.C.F.-, por el Club Atlético Talleres General Belgrano de Añatuya, contra la resolución dictada por el Tribunal de Disciplina de la Liga Añatuyense de Fútbol, el día 18 de julio pasado.
Que, en el desarrollo de sus agravios el quejoso señala que el Club Platense de Añatuya protestó el partido que disputo con el equipo del presentante el día 2 de julio; se fundó el reclamo por la adjudicación del partido en el hecho que el jugador Belizan Gabriel D.N.I. 43.558.243 jugó previo al partido de Primera el de Reserva.
Que, el jugador Belizan firmó planilla de los dos encuentros; en una con la camiseta número 1 y la otra con la 12, planilla de la que se adjunta copia. Sin embargo señala, que el jugador no intervino en el partido y que ello surge de las mismas planillas de donde surge que no ingreso a jugar.
Que, señala como argumento de su postura lo dispuesto en la Regla 3 de las Reglas F.I.F.A. donde se determina “que el partido será jugador por dos equipos formados por un máximo de once jugadores cada uno, de los cuales uno jugadores como guardameta. El partido no comenzará si uno de los equipos tiene menos de siete jugadores. Se podrán utilizar como máximo tres sustitutos en cualquier partido de competencia oficial…Todo sustituto cuyo nombre no se haya entregado al árbitro ..no podrá participar en el partido..”-
Que, citando jurisprudencia de este Tribunal, solicita se revoque la resolución impugnada.
2°) Que, el recurso de apelación del Club Atlético Talleres General Belgrano, por las razones que se expondrán, debe ser receptado y revocar lo resuelto por el a que, el Club A. Platense (fs. 3) según las constancias efectúo protesta del partido disputado con el equipo del quejoso por la supuesta infracción al art. 107 del R.T.P.
Que, el Club A. Platense señala que el jugador Belizan, menor de 18 años, había participado en el encuentro de Reserva el mismo día y posteriormente en el de Primera División que se impugna.
Que, de la Planilla de partido de primera (fs. 4) surge que el jugador Belizan firmó planilla en casillero 13, y de la misma planilla en su reverso, donde constan los cambios o sustituciones efectuadas, no surge que el jugador Belizan (número 13) hubiera ingresado a disputar el partido.
Que, el a que con fecha 13 de julio receptó la protesta y dio traslado (fs. 6) que fue contestado por el Club Atlético Talleres General Belgrano con cita de jurisprudencial de este tribunal.
Que, el a quo a fs. 20 en una resolución sin fundamentación ni análisis de la cuestión hizo lugar a la protesta del Club Platense y modificó el resultado obtenido en la cancha.
Que, ya hemos expresado nuestra opinión en casos análogos, expedientes 3154/15 del B.O. 70/15; expediente 3166/15; expediente 1/14 del B.O. 3/14.
Que, en el mismo sentido que expuso el quejoso, hemos dicho que completar una planilla de partido, firmarla y aportar datos filiatorios, no es aceptación o indicación de haber participado del partido; la firma en planilla habilita al jugador a jugar el partido, pero si no ingresó no jugó.
Que, si la Regla 3 de F.I.F.A. establece que son siete los jugadores que deben estar en campo para comenzar el encuentro y el artículo 106 letra “e” del R.T.P. señala que el partido no puede continuar cuando quede integrado por menos de siete jugadores es lógico que si un jugador no ingresó a jugar no integró equipo. Integrar el efectivamente jugar.
Que, las normas son claras y si así no lo hubiera entendido el a que debió fundar su resolución para apartarse de nuestra jurisprudencia.
Que, en ese sentido hubiera sido acertado que el a que fundamentara el porqué del apartamiento de nuestra jurisprudencia especifica en el tema ante la clara exposición del quejoso; ello debió sr así pues lo indican los principios del derecho, y también, los del deporte.
Que, el jugador Belizan no jugó y por ende no integró equipo, y no es acertado lo resuelto por el a que, deberá restituirse al quejo el importe depositado en concepto de derecho de apelación. (Art. 71 del R.C.F.).
Que, deberá registrarse como resultado del partido el obtenido en el campo de juego. (Art. 32. Del R.T.P.).
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) Hacer lugar al recurso de apelación presentada por el Club Atlético Talleres General Belgrano contra lo resuelto por el Tribunal de Disciplina de la Liga Añatuyense el 18 de julio pasado. (Art. 32, 33, 40 del R.T.P.).
2°) Revocar en su totalidad lo resuelto por el Tribunal de Disciplina de la Liga Añatuyense el 18 de julio pasado en la protesta presentada por el Club A Platense de Añatuya. (Fs. 20) y ordenar se registre el resultado consignado en la planilla de partido. (Art. 32,
33, y 40 del R.T.P.).
3°) Manifestar que hubiera sido acertado que el a que fundamentara su resolución, hoy revocada, para apartarse de la jurisprudencia especifica de este Tribunal ante la clara exposición del Club Atlético Talleres General Belgrano, porque ello indican los principios del derecho, los del deporte. (Art. 32 y 34 inc. “c” del R.T.P.).
4°) Disponer que por Tesorería se reintegre el importe depositado por el quejoso en concepto de derecho de apelación, de conformidad con el resultado obtenido. (Art. 71 letra “e” del R.C.F.).
5°) Publíquese y archívese.

Posiciones
Fuente: Ascenso del Interior / Fútbol de Santiago del Estero.
Liga Añatuyense: El Consejo Federal falló a favor de Talleres Liga Añatuyense: El Consejo Federal falló a favor de Talleres Reviewed by Iván Goñi on agosto 13, 2016 Rating: 5

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