Liga Santiagueña: Luis Miguel solicitó un recurso de revocatoria

Solicitaron un recurso de revocatoria

El representante legal Dr. Luis Miguel solicitó en Personas Jurídicas un recurso de revocatoria a la medidas emitida por ese organismo en relación a la Asamblea Extraordinaria

Hoy por la mañana, el representante del Club Mitre y de 12 clubes que participaron de la Asamblea Extraordinaria de la Liga Santiagueña de Fútbol: Dr. Luis Miguel presentó un escrito al titular de Personas Jurídicas: Luis Olivera interponiendo un recurso de revocatoria contra de la Resolución Nº 101/2012, dictada en fecha 08 de noviembre de 2.012 por dicho organismo.
Además esgrime la legitimidad de la Asamblea desarrollada el viernes pasado en la entidad de calle Rivadavia donde se suspendió por 120 días al titular de la entidad Sergio López.

La presentación oficial es la siguiente:

Al Señor:
Director de la Dirección de Personas Jurídicas
Dr. Luis Alfredo Olivera

PRESENTE

Ref: "LIGA SANTIAGUEÑA DE FUTBOL acompaña copia del acta de Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 09 de Noviembre de 2012 e interpone Recurso de Revocatoria (Art. 82 y conc. Ley Provincial Nº 2.296) en contra de la Resolución Nº 101/2012 fechada el 08/11/2012, recaída en expediente Nº 3.580-32-12 y glosados".

De mi mayor consideración:

Quien suscribe la presente, LUIS ALBERTO MIGUEL (DNI Nº 21.343.071), argentino, mayor de edad, abogado de la matrícula Nº 1.483, quien constituye domicilio ad litem en calle Independencia Nº 315 de esta ciudad capital de Santiago del Estero; se dirige a Ud. y respetuosamente manifiesta:

I. PERSONERIA

Que, según lo acredito con la copia del Acta de Asamblea Extraordinaria Nº51 (obrante al folio 214 vta. al 222 vta. del Libro de Actas de Asambleas de la Liga Santiagueña de Fútbol) que acompaño como parte del presente, he sido expresamente facultado por dicha asamblea (en función de los artículos 64 y 65 del Estatuto de la Liga Santiagueña de Fútbol) para realizar todas las presentaciones correspondientes por ante vuestra Dirección de Personas Jurídicas.
En consecuencia, pido se tenga presente la participación acordada, en la representación de la Liga Santiagueña de Fútbol, respecto a los trámites concernientes a la Asamblea Extraordinaria antes referenciada.

II. ACOMPAÑA COPIA DE ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

Que, según lo estatuido por la ley Nº 5.044/81 y normativa concordante, en tiempo útil y legal forma, vengo por este acto a acompañar copia de Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 51, celebrada el pasado 09 de Noviembre del año en curso, extendida al folio 214 vta. al 222 vta. del Libro de Actas de Asambleas de la Liga Santiagueña de Fútbol.
Asimismo, ofrezco la presentación del libro de Actas (en original) para cuando el Sr. Director estime oportuno corresponder.
Que, según se desprende del acta de referencia, asistieron y participaron a la Asamblea Extraordinaria -oportunamente convocada- los delegados de los clubes que a continuación se detalla:

1) Por el CLUB ATLETICO CLODOMIRA: RICARDO JAVIER NERI MARTINEZ DNI 27907628
2) Por el CLUB ATLETICO MITRE: Dr. LUIS ALBERTO MIGUEL DNI Nº 21343071 y el Sr. GERARDO ABEL TEVEZ DNI 22243247
3) Por el CLUB ATLETICO GUEMES: MARCELO PAZ, DNI 31120026 y MARIANO JUAREZ. DNI 25255315
4) Por el CLUB COMERCIO CENTRAL UNIDOS: SILVA HUGO FABIAN, DNI 21632912 y ARCE OSCAR BAUTISTA, DNI 12075406
5) Por el CLUB VELEZ DE SAN RAMON: LUGONES HECTOR RAMON, DNI 14054418 y DIAZ WALTER ALEJANDRO, DNI 26161336
6) Por el CLUB SPORTIVO FERNANDEZ: FRANCISCO DEL VALLE DURAN, DNI 12272524 y JAVIER JESUS PEREZ, DNI 21703916
7) Por el CLUB ATLETICO FORRES: BERTO ARMANDO SEQUEIRA, DNI 24162527.
8) Por el CLUB SARMIENTO: FARIAS DONATO, DNI 70826306 y NIETO DIEGO, DNI 26585873.
9) Por el CLUB AGUA Y ENERGIA: JUAN ALFREDO VAZQUEZ, DNI 24728528 y ARNALDO RAFAEL UZZANTE, DNI 20152152
10) Por el CLUB CENTRAL ARGENTINO:  LUIS ANGEL ESCALADA, DNI 32364885 Y JOSE RAFAEL BARRAZA, DNI 30177042
11) Por el CLUB BANFIELD: MARIO CACERES, DNI 17934985
12) Por el CLUB INDEPENDIENTE DE FERNANDEZ: CANCINOS LUIS LEONARDO, DNI 20931093 y CORPAS LUIS ANGEL, DNI 22747085.

Que, ante la ausencia injustificada del Presidente (Sr. Sergio López) la Asamblea Extraordinaria estuvo presidida por el Vicepresidente (Sr. Pablo Toviggino).
Que, en virtud de lo normado por el Art. 13º y concordantes del Estatuto de la Liga Santiagueña de Fútbol, la Asamblea Extraordinaria tuvo el quórum suficiente para sesionar válidamente con la asistencia y participación de más de la mitad de sus miembros; según también se informa por Secretaria de la Liga de Fútbol en el acta que acompañó.
Que, según las constancias del acta que presento, la Asamblea de la Liga Santiagueña de Fútbol ha RESUELTO: 

1ero. Constituir el Alto Tribunal de Honor que estará integrado por los Sres. (delegados de la Asamblea) Oscar Bautista Arce, Francisco del Valle Durán y Diego Nieto, quienes en el plazo de 120 (ciento veinte días) deberán efectuar una investigación sumaría, e informar a la Asamblea, sobre las denuncias de los Consejeros en contra del Presidente de la Liga, respetando sus derechos y garantías de defensa. 

2º Suspender (en forma provisoria y preventiva) por el término de 120 (ciento veinte) días, contados a partir de la fecha, al presidente de la institución (Sr. Sergio López) a fin de posibilitar la investigación sumaria antes referenciada. 

3º. Designar al Vicepresidente, Sr. Pablo Toviggino como Presidente provisorio hasta tanto se finalicen las investigaciones. 

4º. Designar a los asambleístas, Dr. Luis Miguel y Cr. Diego Nieto para la firma del acta. 5º Facultar al Dr. Luis Alberto Miguel, en función de los artículo es 164º y 165º del Estatuto de la Liga Santiagueña de Fútbol, para que realice todas las presentaciones correspondientes a la validez de la presente y cuestionamiento de la decisión administrativa que había ordenado la suspensión de esta asamblea extraordinaria.

III. INTERPONE RECURSO DE REVOCATORIA (Art. 82 y conc. Ley Nº 2.296).

Que, en mi condición de Asambleísta (y conforme expresas y precisas facultades e instrucciones recibidas de la Asamblea Extraordinaria de la Liga Santiagueña de Fútbol) ,en tiempo idóneo y legal forma vengo por este acto a interponer RECURSO DE REVOCATORIA en contra de la Resolución Nº 101/2012, dictada en fecha 08 de noviembre de 2.012 y recaída en Expediente Nº 3.580-32-12 y glosados; a fin que (de contrario imperio) se sirva revocarla, teniendo presente lo resuelto por la Asamblea Extraordinaria en fecha 09/11/2012 y las cuestiones de legitimidad y oportunidad que a continuación expongo:

1º. Que, como cuestión preliminar y previa a toda otra, resulta inoportuno el apartado segundo de la resolución cuestionada pues (de la sola y simpre lectura del acta de asamblea extraordinaria Nº 24) podrá Ud. colegir (sin margen de error) que, la Asamblea Extraordinaria ya celebrada, lejos de aplicas sanciones al Presidente de la Institución, solo se limitó a poner en funciones al "Alto Tribunal de Honor" para que en el plazo de 120 (ciento veinte días) efectúe una investigación sumaria e informe a la Asamblea sobre las denuncias de los Consejeros en contra del Presidente de la Liga, respetando sus derechos y garantías de defensa; a la vez que decidió suspender (en forma provisoria y preventiva) por el término de 120 (ciento veinte) días al presidente de la institución (Sr. Sergio López) a fin de posibilitar la investigación sumaría antes referenciada; designando en su lugar al Vicepresidente, Sr. Pablo Toviggino como Presidente provisorio hasta tanto finalicen las investigaciones.
Así las cosas, será ante dicho Tribunal de Honor a quien deberá dirigirse el Presidente de la Liga Santiagueña de Fútbol para ejercer su derecho de defensa. A título ilustrativo, también acompaño copia del Acta de Asamblea Nº 50 celebrada en fecha 9 de Abril de año en curso, presidida por el Sr. Sergio López, donde podrá advertirse los serios cuestionamientos y denuncias que se venían efectuando.

2º. Por otra parte, cuestiono la Resolución cuya Revocatoria  se peticiona por cuanto, so pretexto de contralor, viene a anteponer ciertas formalidades de la convocatoria a Asamblea (muchas de ellas no previstas en el estatuto de la Liga Santiagueña de Fútbol) al PRINCIPIO DELIBERATIVO del máximo órgano del Ente Rector del Fútbol Santiagueño, como lo es la Asamblea de la Liga Santiagueña de Fútbol. Principio deliberativo que se encuentra seriamente amenazado con la Resolución Nº 101-2012.
En efecto, cuando la presencia y participación de los miembros de una Asamblea supera el quórum estatutariamente previsto y sus decisiones son adoptadas por unanimidad de los presentes, como se presenta en este caso, las formalidades de la convocatoria jamás pueden invalidar las soberanas decisiones de una institución que se expresa por su asamblea; puesto que las formalidades de la convocatoria solo tienen por finalidad otorgar publicidad y notificar de la reunión a los asambleístas.
Por tal motivo, frente a la improbable hipótesis de el Sr. Director considere de que se debería haber observado algún requisito en la convocatoria, además de carecer de interés jurídico la celebración de una nueva asamblea (en función del quórum y mayorías arribadas en la asamblea del 09/11/2012); ocasionaría un serio perjuicio a la institución que (a través de sus propios órganos) ha decidido un tema de fondo, como lo es la investigación y suspensión preventiva de su Presidente.

3º. Que, inducido a error por las actuaciones interpuestas por el Sr. Sergio López, el Sr. Director de Personas Jurídicas fundamenta su decisión (Nº 101/2012) en el plazo de antelación fijado para la publicación de la convocatoria a asamblea.
En efecto, con el ejemplar del boletín oficial Nº 19.828 de fecha 29 de octubre de 2012 (página 19) que acompañó al presente, y con la citación dirigida a los mismos, acredito a la observancia del plazo de antelación para la convocatoria a Asamblea.

4º. Por otra parte, la acreditación de la condición de socio activo en la entidad que lo designa es un requisito que ha sido observado por la Liga Santiagueña de Fútbol al momento de validar su presentación y asistencia, previa a la celebración de la Asamblea Extraordinaria.

5º. Por último, llama poderosamente la atención que quien promueva las actuaciones (Expte. 3.580-32-12 y glosados) manifestando su ausencia o desconocimiento de la convocatoria a Asamblea sea el Presidente de la Liga Santiagueña de Fútbol, el mismo que presidiera la sesión del Consejo Directivo en fecha 30 de octubre donde se aprobó el acta de sesión del Consejo Directivo del 23 de Octubre que, a su vez, resolvía la convocatoria a Asamblea Extraordinaria.

Por todo lo expuesto, al Sr. Director solicito:

1) Tenga presente la participación acordada, en representación de la Liga Santiagueña de Fútbol, respecto a los trámites concernientes a la Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 09/11/2012.

2) Tenga presente el acta de asamblea que acompañó y en espacial pido se considere lo resuelto por unanimidad de los presentes que superaban el mínimo de quórum estatutariamente previsto.

3) En atención a ello, se sirva dejar sin efecto por vía de REVOCATORIA la Resolución Nº 101/2012, dictada en fecha 08 de Noviembre de 2012, y recañida en Expediente Nº 3-580-32-12 y glosados, teniendo presente lo resuelto por la Asamblea Extraordinaria en fecha 09/11/2012 y las cuestiones de legitimidad y oportunidad que fueron expuestas.

Sin otro particular, saludo a Ud. Atte.

*Firmas de Luis Alberto Miguel (Abogado), Gustavo Torres (Secretario LSF) y Pablo Toviggino (Vice-presidente LSF).


Fuente: ABC Deporte.
Foto: ABC Deporte.
Liga Santiagueña: Luis Miguel solicitó un recurso de revocatoria Liga Santiagueña: Luis Miguel solicitó un recurso de revocatoria Reviewed by Iván Goñi on enero 07, 2013 Rating: 5

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